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Ley Derogada

Artículo 30. Convocatoria.

Artículo 30 de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1999-11699

Atención: Ley 6/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La selección de los miembros de los Cuerpos de Policía Local se realizará por los Ayuntamientos. La convocatoria para el acceso a dichos Cuerpos será formulada por los respectivos Ayuntamientos dentro de las previsiones de su Oferta de Empleo Pública anual.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-05-17.

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