Artículo 31. Publicidad.
Artículo 31 de la Ley 6/1999, de 19 de abril, de Policías Locales y de Coordinación de las Policías Locales de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1999-11699
Atención: Ley 6/1999 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De las convocatorias y de sus bases se dará publicidad mediante publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia correspondiente, comunicándose su texto íntegro al Instituto Valenciano de Seguridad Pública de la Generalitat, publicándose su extracto, en todo caso, en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».