Artículo 30.
Artículo 30 de la Ley 6/1991, de 19 de abril, de Archivos y del Patrimonio Documental de Castilla y León. · BOE-A-1991-14132
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-06-04.
Texto consolidado
Son archivos de las instituciones autonómicas de Castilla y León:
a) El Archivo General de Castilla y León.
b) El Archivo de las Cortes de Castilla y León.
c) Los Archivos Centrales de la Presidencia y de las distintas Consejerías.
d) Los Archivos Territoriales.
e) Cualquier otro archivo dependiente de entidades y Organismos de titularidad autonómica.