Artículo 30. Principios.
Artículo 30 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-12769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-09.
Texto consolidado
La gestión y transferencia de los resultados y derechos derivados de las actividades de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación llevados a cabo en centros e infraestructuras del ámbito del sector público autonómico se regirá por los siguientes principios:
a) La contribución de la investigación científica y técnica, el desarrollo tecnológico y la innovación a un desarrollo sostenible e integrador de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
b) El reconocimiento del mérito personal investigador y de los grupos de investigación a los que se deba o que hayan participado en la obtención de los resultados.
c) La adecuada articulación para que los ingresos percibidos por la explotación de los resultados y de los correspondientes derechos de propiedad industrial e intelectual redunden en nuevos proyectos y en la incentivación del personal que haya participado en la obtención de dichos resultados, así como en otras políticas públicas de fomento de la I+D+i.
d) La colaboración de los organismos y entidades del sector público autonómico en la toma de decisiones relacionadas con la gestión y transferencia de resultados y derechos derivados de las actividades de I+D+i.
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