Artículo 31. Protección jurídica de los resultados de la actividad investigadora.
Artículo 31 de la Ley 4/2020, de 10 de julio, de Fomento y Coordinación del Sistema de Investigación, Desarrollo e Innovación de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2020-12769
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-09.
Texto consolidado
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá que los resultados de la I+D+i obtenidos por agentes del sistema regional de I+D+i, sean debidamente protegidos, haciendo uso de los medios previstos en la legislación sobre propiedad industrial e intelectual.
2. Desde la Administración Pública se promoverá la creación y actualización periódica de una base de datos de los resultados de la investigación susceptibles de ser patentados y explotados así como del estado de las patentes obtenidas por los agentes del sistema regional de I+D+i.