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Ley Vigente

Artículo 30.

Artículo 30 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. · BOE-A-1998-16718

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-14.

Texto consolidado

En caso de vía de hecho, el interesado podrá formular requerimiento a la Administración actuante, intimando su cesación. Si dicha intimación no hubiere sido formulada o no fuere atendida dentro de los diez días siguientes a la presentación del requerimiento, podrá deducir directamente recurso contencioso-administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-14.

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