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Ley Vigente

Artículo 30.

Artículo 30 de la Ley 2/1989, de 6 de junio, de caza. · BOE-A-1989-15374

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

Texto consolidado

Las licencias de caza se clasifican en:

a) Licencias de clase A: Autorizan el ejercicio de la caza con armas de fuego.

b) Licencias de clase B: Autorizan el ejercicio de la caza con otros medios o procedimientos debidamente autorizados, distintos de los anteriores.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-07-07.

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