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Ley Vigente

Artículo 30. Consejo de Dirección.

Artículo 30 de la Ley 10/2014, de 27 de noviembre, de Aguas y Ríos de Aragón. · BOE-A-2015-185

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-06-10.

Texto consolidado

1. El Consejo de Dirección del Instituto Aragonés del Agua lo componen la presidencia, que será el del Instituto, la vicepresidencia, que corresponderá al director o la directora del Instituto Aragonés del Agua, y los vocales.

2. Los vocales serán nombrados por acuerdo del Gobierno de Aragón, de la siguiente forma: dos vocales por el departamento competente en materia de aguas y un vocal por cada uno del resto de departamentos del Gobierno de Aragón, a propuesta de sus respectivos consejeros.

3. El presidente designará, de entre los vocales, a quien realizará las funciones de secretaría, que estará asistido en sus labores por un funcionario del grupo A, licenciado en derecho, perteneciente al departamento competente en materia de aguas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-06-10.

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