Artículo 30. Desactivación.
Artículo 30 de la Ley 1/2011, de 7 de febrero, de protección civil y atención de emergencias de La Rioja. · BOE-A-2011-3637
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-03-12.
Texto consolidado
La desactivación de los planes de protección civil se realizará conforme a los procedimientos establecidos en ellos.