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Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 30.1-2 Exenciones.

Artículo 30.1-2 de la Ley 20/2017, de 28 de diciembre, de tasas. · BOE-A-2018-1870

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Texto consolidado

Están exentos del pago de la tasa, en los supuestos de emisión de certificados y emisión de copias en papel (o que conlleven la transformación de la información a un formato diferente) de expedientes obrantes en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos Valencianos de Colegios Profesionales de la Comunitat Valenciana, cuando actúen en el ejercicio propio de sus funciones:

a) Los juzgados y tribunales.

b) La Sindicatura de Comptes.

c) El Tribunal de Cuentas.

d) El Síndic de Greuges.

e) El Defensor del Pueblo.

f) Las Corts Valencianes.

g) Las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado.

h) Las administraciones públicas.#a2-5

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-01.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 3/2020, de 30 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat 2021..

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