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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Proyecto de la instalación de almacenamiento.

Artículo 3 del Real Decreto 888/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno igual o inferior al 28 por ciento en masa. · BOE-A-2006-15237

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-01.

Texto consolidado

El proyecto de la instalación del almacenamiento en edificios o establecimientos no industriales se desarrollará bien como parte del proyecto general del edificio o establecimiento, bien en un proyecto específico. En este último caso, será redactado y firmado por un técnico titulado competente que, cuando fuera distinto del autor del proyecto general, deberá actuar coordinadamente con éste y atenerse a los aspectos básicos de la instalación reflejados en el proyecto general del edificio o establecimiento.

El proyecto a que hace referencia el reglamento de almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con un contenido en nitrógeno igual o inferior al 28 por ciento en masa estará compuesto por los documentos siguientes:

a) Memoria técnica en la que consten, al menos, los siguientes apartados:

1.° Almacenamiento, describiendo sus capacidades, dimensiones y demás características, productos almacenados, así como la norma o código de diseño utilizado.

2.° Sistemas, equipos y medios de protección contra incendios, definiendo las normas de dimensionado que sean de aplicación en cada caso y efectuando los cálculos o determinaciones en ellas exigidas.

3.° Otros elementos de seguridad, describiendo sus características y, en su caso, protección de los materiales contra la corrosión.

4.° Elementos de manutención y manipulación sus características y dimensionado.

5.° Aspectos geográficos y topográficos del entorno, con especial incidencia en aquellos accidentes naturales que puedan presentar riesgos de desprendimiento de tierra o arrastre de las aguas; se indicarán las medidas de protección previstas en tales casos.

6.° Justificación del cumplimiento de esta ITC o de las medidas sustitutarias previstas.

b) Planos:

1.° Mapa geográfico a escala 1:25.000, en el que señalarán el almacenamiento y las vías de comunicación, núcleos urbanos y accidentes topográficos relevantes, existentes dentro de un círculo de 10 km de radio con centro en dicho almacenamiento.

c) Presupuesto.

d) Instrucciones para el uso, conservación y seguridad de la instalación en lo que respecta a las personas, los equipos de trabajo y el medio ambiente.

e) Plan de emergencia interior.

En los casos de ampliación, modificación o traslado, el proyecto se referirá a lo ampliado, modificado o trasladado y a lo que, como consecuencia, resulte afectado.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-01.

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