Artículo 3. Ámbito territorial.
Artículo 3 del Real Decreto 797/2005, de 1 de julio, por el que se aprueba el Estatuto General del Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto. · BOE-A-2005-12175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-16.
Texto consolidado
1. El Colegio Oficial Nacional de Prácticos de Puerto se constituye como colegio único de ámbito nacional.
2. La sede central del colegio está en Madrid.