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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Artes y aparejos de pesca autorizados.

Artículo 3 del Real Decreto 71/1998, de 23 de enero, por el que se regula el ejercicio de la pesca de túnidos y especies afines en el Mediterráneo. · BOE-A-1998-2743

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-02-08.

Texto consolidado

Únicamente se autorizan los siguientes artes y aparejos para la captura de las especies referidas en el artículo 2:

a) Almadrabas y artes análogos.

b) Artes de red de enmalle.

c) Artes de cerco con jareta.

d) Aparejos de anzuelo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-02-08.

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