Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal.
Artículo 3 del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. · BOE-A-2011-10781
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-22.
Texto consolidado
Las enseñanzas conducentes al Título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal se organizan en dos ciclos:
a) ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal, con una duración de 670 horas.
b) ciclo final de grado medio en judo y defensa personal, con una duración de 870 horas.
Más artículos de Real Decreto 706/2011
- ← Artículo 2. Identificación del título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal.
- → Artículo 4. Especializaciones del título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal.
- Ver la norma completa: Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.