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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal.

Artículo 3 del Real Decreto 706/2011, de 20 de mayo, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso. · BOE-A-2011-10781

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

Texto consolidado

Las enseñanzas conducentes al Título de Técnico Deportivo en Judo y Defensa Personal se organizan en dos ciclos:

a) ciclo inicial de grado medio en judo y defensa personal, con una duración de 670 horas.

b) ciclo final de grado medio en judo y defensa personal, con una duración de 870 horas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-06-22.

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