Artículo 3. Potestades administrativas.
Artículo 3 del Real Decreto 666/2022, de 1 de agosto, por el que se aprueban los Estatutos del Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A. · BOE-A-2022-12930
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-03.
Texto consolidado
1. El Centro Universitario ejercerá las potestades administrativas que le permitan la consecución de sus fines.
2. El Centro Universitario podrá dictar reglas de funcionamiento interno.
3. Las potestades administrativas que tiene atribuidas serán ejercidas, en su ámbito competencial, a través de los órganos que integran su estructura, en los términos y con el alcance previsto en estos Estatutos.