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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Categorías de los almacenes.

Artículo 3 del Real Decreto 656/2017, de 23 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus Instrucciones Técnicas Complementarias MIE APQ 0 a 10. · BOE-A-2017-8755

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-25.

Texto consolidado

Los almacenes se clasificarán, de acuerdo con las cantidades de productos de cada clase, en las categorías incluidas en la siguiente tabla I:

Tabla I. Categorías de los almacenes

Categoría del almacén

Gases

(Peligrosidad)

Cat.

Clp

Indicación de peligro

Cantidad del almacenamiento

Kg

Nm3

1

Inflamables

1

H220

Q ≤ 50

2

H221

Q ≤ 100

Comburentes

1

H270

Q ≤ 200

Gas a presión (1)

Gas comprimido

H280

Q ≤ 200

Gas licuado

H 280

Gas licuado refrigerado

H281

Gas disuelto

H280

Tóxicos

1

H300,H310,H330

Q ≤ 20

2

H300,H310,H330

Q ≤ 20

3

H301, H311, H331

Q ≤ 30

4

H302, H312, H332

Q ≤ 50

Amoniaco

3

H331

Q ≤ 150

Corrosivos

1A, 1B, 1C

H314

Q ≤ 30

1

H290

Q ≤ 30

2

Inflamables

1

H220

50 ˂ Q ≤ 175

2

H221

100 ˂ Q ≤ 300

Comburentes

1

H270

200 ˂ Q ≤ 700

Gas a presión (1)

Gas comprimido

H280

200 ˂ Q ≤ 1000

Gas licuado

H280

Gas licuado refrigerado

H281

Gas disuelto

H280

Tóxicos

1

H300, H310, H330

20 ˂ Q ≤ 65

2

H300, H311, H330

20 ˂ Q ≤ 65

3

H301, H311, H331

30 ˂ Q ≤ 65

4

H302, H312, H332

50 ˂ Q ≤ 100

Amoniaco

3

H331

150 ˂ Q ≤ 400

Corrosivos

1A, 1B, 1C

H314

30 ˂ Q ≤ 65

1

H290

30 ˂ Q ≤ 65

3

Inflamables

1

H220

175 ˂ Q ≤ 600

2

H221

300 ˂ Q ≤ 1000

Comburentes

1

H270

700 ˂ Q ≤ 2400

Gas a presión (1)

Gas comprimido

H280

1000 ˂ Q ≤ 2400

Gas licuado

H280

Gas licuado refrigerado

H281

Gas disuelto

H280

Tóxicos

1

H300, H310, H330

65 ˂ Q ≤ 130

2

H300, H310, H330

65 ˂ Q ≤ 130

3

H301, H311, H331

65 ˂ Q ≤ 130

4

H302, H312, H332

100 ˂ Q ≤ 200

Amoniaco

3

H331

400˂ Q ≤ 1000

Corrosivos

1A, 1B, 1C

H314

65 ˂ Q ≤ 130

1

H290

65 ˂ Q ≤ 130

4

Inflamables

1

H220

600 ˂ Q ≤ 2000

2

H221

1000 ˂ Q ≤ 3000

Comburentes

1

H270

2400 ˂ Q ≤ 8000

Gas a presión (1)

Gas comprimido

H280

2400 ˂ Q ≤ 8000

Gas licuado

H280

Gas licuado refrigerado

H281

Gas disuelto

H280

Tóxicos

1

H300, H310, H330

130 ˂ Q ≤ 650

2

H300, H310, H330

130 ˂ Q ≤ 650

3

H301, H311, H331

130 ˂ Q ≤ 650

4

H302, H312, H332

200 ˂ Q ≤ 900

Amoniaco

3

H331

1000 ˂ Q ≤ 2500

Corrosivos

1A, 1B, 1C

H314

130 ˂ Q ≤ 650

1

H290

130 ˂ Q ≤ 650

5

Inflamables

1

H220

Q > 2000

2

H221

Q > 3000

Comburentes

1

H270

Q > 8000

Gas A Presión (1)

Gas comprimido

H280

Q > 8000

Gas licuado

H280

Gas licuado refrigerado

H281

Gas licuado

H280

Toxicos

1

H300, H310, H330

Q > 650

2

H300, H310, H330

Q > 650

3

H301, H311, H331

Q > 650

4

H302, H312, H332

Q >900

Amoniaco

3

H331

Q > 2500

Corrosivos

1A, 1B, 1C

H314

Q > 650

1

H290

Q > 650

(1) Los valores indicados son aplicables exclusivamente para los gases que no presentan ninguna otra peligrosidad de las indicadas en esta tabla.

En caso de que un gas tenga asignados varios peligros (tóxico, corrosivo, inflamable, etc.) con base en el Reglamento CE n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, se aplicarán los criterios más restrictivos.

Los gases tóxicos o corrosivos que también sean inflamables, se almacenarán junto con los inflamables en lotes debidamente identificados y separados.

Dos áreas de almacenamiento abiertas se considerarán independientes, si guardan entre ellas las distancias de seguridad correspondientes a edificios habitados o a terceros, según la categoría correspondiente al área más restrictiva. La distancia no será exigible si están separadas por muros continuos sin huecos de REI-180, altura mínima 2 m y 0,5 m por encima de los recipientes y prolongados 2 m en proyección horizontal por sus dos extremos de una protección adecuada que sea capaz de soportar el impacto, en caso de accidente, por desprendimiento o explosión de una botella o de alguno de sus componentes (fig. 3).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-10-25.

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