Artículo 3. El compromiso de actividad.
Artículo 3 del Real Decreto 426/2003, de 11 de abril, por el que se regula la renta agraria para los trabajadores eventuales incluidos en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social residentes en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura. · BOE-A-2003-7616
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-04-13.
Texto consolidado
1. Los trabajadores, además de reunir los requisitos establecidos en el artículo 2, para ser beneficiarios de la renta agraria deberán suscribir el compromiso de actividad, al que se refiere el artículo 231.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en virtud del cual realizarán las distintas actuaciones que se determinen por el servicio público de empleo en el plan personal de inserción.
2. Los servicios públicos de empleo ofrecerán a los trabajadores las acciones de inserción laboral previstas en el artículo 6.
3. Los trabajadores, para obtener y mantener la percepción de la renta agraria, deberán cumplir las obligaciones que implique el compromiso de actividad, y aquellas que se concretan en el plan personal de inserción laboral.
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