Artículo 3. Aeronaves de Estado.
Artículo 3 del Real Decreto 371/2020, de 18 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Extracciones Marítimas. · BOE-A-2020-2837
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-03-19.
Texto consolidado
Todas las referencias que se hacen en este real decreto a los buques y embarcaciones de Estado naufragados o hundidos se entenderán asimismo hechas a las aeronaves de Estado que se hallen en dicha situación.