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Real Decreto Vigente

Artículo 3. Relaciones con la Administración del Estado.

Artículo 3 del Real Decreto 2518/1978, de 26 de julio, por el que se aprueban los Estatutos provisionales del Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales. · BOE-A-1978-26975

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1978-11-19.

Texto consolidado

El Colegio de Peritos e Ingenieros Técnicos Navales, de acuerdo con la Ley 20/1977, artículo 2, se relacionará con la Administración a través del Ministerio de Industria y Energía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1978-11-19.

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