Artículo 3. Ámbito de aplicación.
Artículo 3 del Real Decreto 176/2014, de 21 de marzo, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las iniciativas y quejas relativas al régimen de personal y a las condiciones de vida que pueda plantear el militar. · BOE-A-2014-3673
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-04-08.
Texto consolidado
1. Este real decreto será de aplicación a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, salvo que, con arreglo a lo establecido en los artículos 109 y 110 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, tengan su condición militar en suspenso.
2. Las iniciativas y quejas elevadas por los militares deberán estar relacionadas con el régimen de personal y las condiciones de vida.
3. Las iniciativas y quejas no podrán referirse a materias relacionadas con las decisiones de política de seguridad y defensa, con el planeamiento y conducción de las operaciones militares y con el empleo de la fuerza, así como con la tramitación y resolución de los procedimientos administrativos o jurisdiccionales.
4. No se considerarán quejas aquellas demandas que directa o indirectamente impliquen la solicitud de una modificación de la normativa vigente, que serán consideradas como iniciativas de las reguladas en el capítulo II.