Artículo 3. Régimen jurídico.
Artículo 3 del Real Decreto 1664/2008, de 17 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Organismo Autónomo Cría Caballar de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2008-17084
Atención: Real Decreto 1664/2008 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
El organismo se rige por lo dispuesto en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado; por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; por la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público; por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; por la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; por este Estatuto y por las demás disposiciones de aplicación a los organismos autónomos de la Administración General del Estado.