Artículo 3. Requisitos que deben cumplir los vehículos cisterna de carretera para el transporte de gasolina.
Artículo 3 del Real Decreto 1437/2002, de 27 de diciembre, por el que se adecuan las cisternas de gasolina al Real Decreto 2102/1996, de 20 de septiembre, sobre control de emisiones de compuestos orgánicos volátiles (C.O.V.). · BOE-A-2003-1412
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-24.
Texto consolidado
Los requisitos que deben cumplir los vehículos cisternas de carretera para el transporte de gasolina serán los que se especifican en el anexo 1 del presente Real Decreto.
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