Artículo 3. Autorización para el uso de medios telemáticos.
Artículo 3 de la Orden TAS/770/2003, de 14 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla. · BOE-A-2003-6932
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-09-28.
Texto consolidado
1. Los sujetos obligados a comunicar el contenido de la contratación laboral a los Servicios Públicos de Empleo podrán realizarla, previa autorización de éstos, a través de medios telemáticos.
2. La autorización para el uso de medios telemáticos podrá ser también concedida a empresas y profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional realicen las comunicaciones a las que se refiere esta Orden y ostenten en los términos establecidos en el ordenamiento jurídico, la representación de las empresas en cuyo nombre actúen.
3. La citada autorización también podrá ser concedida al Ministerio de Industria, Energía y Turismo, así como a los organismos que hayan firmado un convenio con el citado Ministerio de establecimiento de Puntos de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT), para que puedan realizar comunicaciones de la contratación en nombre de terceros a los que se les esté tramitando el Documento Único Electrónico (DUE) regulado en la disposición adicional tercera del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, y en su normativa de desarrollo.
También podrá ser concedida esa autorización a los Centros de Ventanilla Única Empresarial (VUE), que por Ley puedan ejercer funciones como PAIT.
La autorización concedida a la que se hace referencia en este apartado sólo podrá ser utilizada dentro de la tramitación del DUE.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2013-10031.
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- Ver la norma completa: Orden TAS/770/2003, de 14 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 1424/2002, de 27 de diciembre, por el que se regula la comunicación del contenido de los contratos de trabajo y de sus copias básicas a los Servicios Públicos de Empleo, y el uso de medios telemáticos en relación con aquélla.