Artículo 3. Información de localización.
Artículo 3 de la Orden PRE/199/2013, de 29 de enero, por la que se define el formato de entrega de los datos conservados por los operadores de servicios de comunicaciones electrónicas o de redes públicas de comunicaciones a los agentes facultados. · BOE-A-2013-1591
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-02-16.
Texto consolidado
Los sujetos obligados que presten servicios móviles deberán proveer la información de localización del terminal móvil solicitada, de acuerdo con lo establecido en el anexo I de esta orden.
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