Artículo 3. Cuentas en que no se aplican tarifas.
Artículo 3 de la Orden MAM/1445/2006, de 9 de mayo, sobre tarifas del Registro Nacional de Derechos de Emisión. · BOE-A-2006-8508
Atención: Orden MAM/1445/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En ningún caso se percibirán tarifas por la gestión de las cuentas a que se refiere el artículo 25.4.a) de la Ley 1/2005, de 9 de marzo.