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Orden Derogada

Artículo 3. Requisitos esenciales metrológicos y técnicos.

Artículo 3 de la Orden ITC/3721/2006, de 22 de noviembre, por la que se regula el control metrológico del Estado en la fase de comercialización y puesta en servicio de los instrumentos de trabajo denominados manómetros, manovacuómetros y vacuómetros con elementos receptores elásticos e indicaciones directas, destinados a la medición de presiones. · BOE-A-2006-21413

Atención: Orden ITC/3721/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Los requisitos esenciales, metrológicos y técnicos que deben cumplir los manómetros, vacuómetros y manovacuómetros son los que se determinan en el anexo I de esta orden.

2. La conformidad de los manómetros, vacuómetros y manovacuómetros con los requisitos esenciales, metrológicos y técnicos deberá realizarse con arreglo a los procedimientos de evaluación de la conformidad establecidos en el artículo 4 de esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-09.

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