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Orden Vigente

Artículo 3. Régimen de inspecciones.

Artículo 3 de la Orden ETU/995/2017, de 6 de octubre, por la que se aprueban instrucciones técnicas complementarias del capítulo IX "Electricidad" del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera. · BOE-A-2017-11908

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-11-06.

Texto consolidado

1. El régimen de inspecciones que se determina en las instrucciones técnicas complementarias que se aprueban por esta orden será aplicable a todas las instalaciones.

2. No obstante, los criterios técnicos aplicables en las inspecciones de las instalaciones existentes antes de la entrada en vigor de la presente orden, siempre que no se encuentren dentro de los supuestos previstos en los párrafos b) y c) del artículo 2.1, serán los correspondientes a la reglamentación con la que se aprobaron.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-11-06.

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