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Orden Vigente

Artículo 3. Censo de buques.

Artículo 3 de la Orden de 25 de noviembre de 1998 por la que se regula la actividad de la flota pesquera española que opera en aguas bajo jurisdicción o soberanía del Reino de Marruecos. · BOE-A-1998-28110

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-06.

Texto consolidado

El censo de buques con acceso a las pesquerías bajo jurisdicción o soberanía marroquí, es el publicado por Resolución de 8 de junio de 1982 de la Subsecretaría de Pesca Marítima, con las actualizaciones generadas hasta la fecha.

El censo de buques es cerrado y desglosado según las siguientes modalidades de pesca:

Arrastre al norte.

Palangre.

Cefalópodo.

Artesanal.

Cerco al norte.

Cerco al sur.

Merluza negra.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-12-06.

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