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Orden Vigente

Artículo 3.

Artículo 3 de la Orden de 24 de enero de 1974 por la que se dictan normas sobre ordenación zootécnico-sanitaria de centros de piscicultura instalados en aguas continentales. · BOE-A-1974-204

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1974-02-20.

Texto consolidado

La solicitud de creación de nuevas piscifactorías, previa concesión de aguas por el Ministerio de Obras Públicas, se realizará a través de las Jefaturas Provinciales del ICONA.

Con la petición se acompañarán los siguientes documentos:

a) Plano de situación.

b) Proyecto de obras e instalaciones.

c) Memoria sucinta de las especies a cultivar, formas de cultivo y producciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1974-02-20.

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