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Orden Vigente

Artículo 3. Planos de los alojamientos de la tripulación.

Artículo 3 de la Orden de 17 de agosto de 1970 sobre el «Reglamento para el reconocimiento de los alojamientos a bordo de buques pesqueros en la parte que afecta a la construcción naval». · BOE-A-1970-955

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1970-09-01.

Texto consolidado

Al solicitar el permiso de construcción o de autorizaciones para obras de transformación o reforma se unirán a. 108 planos reglamentarios los planos detallados de alojamientos y su especificación para su aprobación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1970-09-01.

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