Artículo 3. Identificación y firma.
Artículo 3 de la Orden CLT/1162/2026, de 30 de octubre, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas de la Dirección General de Artes Escénicas y Música. · BOE-A-2026-23175
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-06.
Texto consolidado
En la sede electrónica asociada del Ministerio de Cultura se determinarán, en cada caso, los sistemas de identificación y de firma admitidos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, y los artículos 26 y 29 del reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.
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