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Orden Vigente

Artículo 3. Control y seguimiento de la cuota.

Artículo 3 de la Orden AAA/661/2016, de 3 de abril, por la que se establecen criterios de desembarque de besugo capturado en aguas de la Unión y aguas internacionales de las zonas VI, VII y VIII del Consejo Internacional para la Exploración del Mar (CIEM). · BOE-A-2016-4349

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-05-06.

Texto consolidado

Cuando de acuerdo con la información de que disponga la Secretaría General de Pesca relativa a capturas y desembarques correspondientes a los buques españoles autorizados para la captura de besugo, se verifique que la cantidad asignada, se ha alcanzado o se encuentre próxima a alcanzar, la Dirección General de Ordenación Pesquera dictará resolución ordenando el cierre de esta pesquería.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-05-06.

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