Artículo 3. Ámbito de aplicación objetivo.
Artículo 3 de la Ley Foral 2/2018, de 13 de abril, de Contratos Públicos. · BOE-A-2018-6001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-07.
Texto consolidado
Son contratos públicos, a efectos de esta ley foral, los contratos onerosos celebrados por escrito entre una o varias empresas o profesionales y una o varias entidades sometidas a esta ley foral, cuyo objeto sea la ejecución de obras, el suministro de productos, la prestación de servicios o las concesiones de obras y servicios, así como los contemplados en el artículo 5 de esta ley foral.
Se entenderá que concurre el carácter oneroso cuando el contratista obtenga algún beneficio de tipo económico, ya sea forma directa o indirecta.