Artículo 3. Principio de coordinación entre las Administraciones Públicas.
Artículo 3 de la Ley 9/2009, de 20 de noviembre, de accesibilidad universal al sistema de transportes de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2009-20072
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-12-15.
Texto consolidado
Las Administraciones Públicas competentes en el ámbito del transporte público en el territorio de la Comunitat Valenciana promoverán convenios de colaboración, elaborar planes y programas conjuntos o cualquier otro instrumento de colaboración, para lograr el efectivo cumplimiento de la presente ley e incentivar la participación de otras administraciones públicas.