Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 9/1984, de 22 de noviembre, reguladora de la iniciativa legislativa popular de los Ayuntamientos y Comarcas. · BOE-A-1984-28275
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-12-11.
Texto consolidado
Están excluidas de la iniciativa legislativa a que se refiere el artículo anterior las siguientes materias:
1.º Aquellas en que carezca de competencia legislativa la Comunidad Autónoma.
2.º Las de naturaleza tributaria.
3.º Las mencionadas en los artículos 46 y 47 del Estatuto de Autonomía.
4.º Las referentes a la organización de las instituciones de autogobierno.