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Ley Derogada

Artículo 3.

Artículo 3 de la Ley 8/1985, de 26 de noviembre, de Comparecencia en Juicio de la Junta de Extremadura. · BOE-A-1986-7306

Atención: Ley 8/1985 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La representación y defensa de la Junta de Extremadura y la de su Administración Institucional, en juicio y fuera de él, corresponde con carácter general al Gabinete Jurídico de la Consejería de la Presidencia y Trabajo de la Junta de Extremadura, que la ejercerá a través de los Letrados que se encuentren en cada momento integrados en el mismo o estén expresamente habilitados para ello.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1985-12-03.

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