Artículo 3. Representantes del Consejo de Gobierno de la Universidad.
Artículo 3 de la Ley 7/2003, de 13 de marzo, del Consejo Social de la Universidad de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2003-10996
Atención: Ley 7/2003 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Serán miembros natos del Consejo Social el Rector o Rectora así como las personas titulares de la Secretaría General y Gerencia de la Universidad. Asimismo formarán parte del Consejo Social un profesor o profesora, un alumno o alumna y un representante del personal de administración y servicios, elegidos por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Castilla-La Mancha de entre sus miembros.
2. La forma de elección y, en su caso, la sustitución de los miembros del Consejo Social electivos en representación del Consejo de Gobierno de la Universidad, así como la duración de su mandato, serán reguladas en los Estatutos de la Universidad.