Artículo 3. Ámbito de actuación del Colegio Oficial.
Artículo 3 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de creación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas de las Illes Balears. · BOE-A-2007-8714
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-11.
Texto consolidado
El ámbito territorial de actuación del Colegio Oficial de Dietistas-Nutricionistas es el de las Illes Balears.
El Colegio tiene la potestad de crear delegaciones en Menorca, Ibiza y Formentera, cuando lo soliciten asociados de estas islas.