Artículo 3.
Artículo 3 de la Ley 3/1988, de 13 de diciembre, de Ordenación de la Función Pública de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1989-1487
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-12-28.
Texto consolidado
En lo no previsto en esta Ley se aplicará la legislación del Estado reguladora de la Función Pública, sin perjuicio de la adecuación y adaptación, en su caso, por vía reglamentaria.