Artículo 3. Ámbito de aplicación de la Ley.
Artículo 3 de la Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil. · BOE-A-2002-2513
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-16.
Texto consolidado
1. La presente Ley es aplicable a los menores y los jóvenes destinatarios de alguna resolución adoptada por la autoridad judicial o por el ministerio fiscal, de acuerdo con la Ley Orgánica 5/2000, que, para ser ejecutada, requiera la intervención de las entidades públicas o privadas a las que hace referencia la presente Ley.
2. A efectos de la presente Ley son menores las personas que tienen entre catorce y diecisiete años y son jóvenes las personas que tienen dieciocho años o más.