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Ley Vigente

Artículo 3.

Artículo 3 de la Ley 2/1984, de 10 de mayo, del Instituto de la Pequeña y Mediana Industria de la Generalidad Valenciana. · BOE-A-1984-12725

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1984-05-03.

Texto consolidado

El Instituto tendrá a su cargo el impulso y ejecución de la política del Consell de la Generalidad Valenciana en relación con la pequeña y mediana empresa industrial.

Dentro de ese marco, será objetivo fundamental del Instituto la promoción, desarrollo y mejora de la pequeña y mediana empresa industrial valenciana, dirigiendo sus actuaciones de forma especial a:

a) Facilitar y estimular la adaptación de las pequeñas y medianas empresas industriales a la evolución tecnológica y a las exigencias del mercado.

b) Potenciar la reorganización, reconversión y modernización de las pequeñas y medianas empresas industriales, así como impulsar la creación e implantación de nuevas industrias, prestando particular atención al desarrollo tecnológico y comercialización.

c) Fomentar y apoyar las actuaciones conjuntas de cooperación, concentración o fusión, entre las pequeñas y medianas empresas que propicien una mejora en la competitividad industrial valenciana.

d) Promover y prestar los servicios que contribuyan a una mejor gestión de la pequeña y mediana empresa industrial valenciana.

e) Cualquier otra actuación que sirva para el desarrollo, modernización y mejora de la pequeña y mediana empresa industrial valenciana.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1984-05-03.

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