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Ley Vigente

Artículo 3. Funciones.

Artículo 3 de la Ley 10/2013, de 18 de octubre, para el aprovechamiento de excedentes alimentarios y creación de la Red Solidaria para el Aprovechamiento de Alimentos. · BOE-A-2013-11694

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-25.

Texto consolidado

La Red Solidaria desempeñará las siguientes funciones:

1. Promover la participación de los distintos agentes implicados en la cadena alimentaria para que voluntariamente se adhieran a la Red.

2. Establecer mecanismos de participación y de funcionamiento, implementando medidas de coordinación entre los entes que constituyen la Red.

3. Establecer los mecanismos necesarios para que la totalidad del proceso se lleve a cabo garantizando en todo momento la seguridad alimentaria.

4. Implantar las medidas necesarias para cuantificar los alimentos que se reciben.

5. Establecer mecanismos de control para que la distribución de alimentos, por parte de las entidades sociales y benéficas, se lleve a cabo de forma equitativa entre los beneficiarios finales.

6. Incrementar el grado de concienciación sobre la necesidad y los beneficios de colaborar con la Red Solidaria, así como del valor añadido que adquiere frente a la sociedad la empresa responsable (Responsabilidad Social Corporativa).

7. Impulsar la Estrategia del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente «Más alimento, menos desperdicio».

8. Articular mecanismos de colaboración entre las Administraciones Públicas y la sociedad, que potencien las diferentes iniciativas que favorezcan la solidaridad alimentaria en la Región de Murcia.

9. Propiciar el intercambio de iniciativas y buenas prácticas, la complementariedad de las actuaciones y la cooperación entre las entidades que integren la Red.

10. Promover el protagonismo de las organizaciones y entidades sociales que integran la Red, en el desarrollo de las medidas y actuaciones que se programen.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-10-25.

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