Artículo 4. Creación de la Comisión de la Red Solidaria para el Aprovechamiento de Alimentos.
Artículo 4 de la Ley 10/2013, de 18 de octubre, para el aprovechamiento de excedentes alimentarios y creación de la Red Solidaria para el Aprovechamiento de Alimentos. · BOE-A-2013-11694
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-25.
Texto consolidado
Para el ejercicio de sus funciones, la Red Solidaria creará en su seno una Comisión de Seguimiento a través de Orden del titular de la Consejería con competencias en materia de Política Social, en la que se establecerá su composición, donde se incluirá a todos agentes económicos y organizaciones del Tercer Sector implicados, así como sus funciones.
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- Ver la norma completa: Ley 10/2013, de 18 de octubre, para el aprovechamiento de excedentes alimentarios y creación de la Red Solidaria para el Aprovechamiento de Alimentos.