Artículo 3. Ámbito de actuación del Colegio Profesional.
Artículo 3 de la Ley 1/2008, de 22 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Licenciados y Doctores en Ciencias Ambientales de las Illes Balears. · BOE-A-2008-5723
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-02.
Texto consolidado
El ámbito territorial de actuación del Colegio Profesional de Licenciados y Doctores en Ciencias Ambientales es el de las Illes Balears.