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Ley Vigente

Artículo 2. Profesionales colegiados.

Artículo 2 de la Ley 1/2008, de 22 de febrero, de creación del Colegio Profesional de Licenciados y Doctores en Ciencias Ambientales de las Illes Balears. · BOE-A-2008-5723

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-03-02.

Texto consolidado

El Colegio Profesional de Licenciados y Doctores en Ciencias Ambientales de las Illes Balears agrupa a los profesionales que hayan obtenido la titulación universitaria oficial de Licenciado i/o Doctor en Ciencias Ambientales, o la homologación acreditada de la misma, en el caso de titulaciones extranjeras. La integración se hará de acuerdo con lo dispuesto por las leyes reguladoras de colegios profesionales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-03-02.

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