El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente 2 redacciones

Artículo 3. Tratamiento. Relaciones con otras instituciones.

Artículo 3 de la Ley 1/1993, de 10 de marzo, del Síndic de Greuges de las Islas Baleares. · BOE-A-1993-12235

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-02-03.

Texto consolidado

1. El Síndic de Greuges tiene el tratamiento de señor o señora y tiene derecho a las retribuciones que fije la ley de presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

2. El Síndic de Greuges tendrá una relación directa con cada una de las islas, y adoptará las medidas institucionales y administrativas adecuadas para hacerlo posible.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-02-03.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Ley 1/2019, de 31 de enero, del Gobierno de las Illes Balears..

En El Vínculo puedes comparar qué decía este artículo en cada fecha, redacción a redacción.

Más artículos de Ley 1/1993

En El Vínculo puedes leer Ley 1/1993 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.