Artículo 3
Artículo 3 del Instrumento de Ratificación del Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en material penal entre el Reino de España y la República Argentina, firmado en Buenos Aires el 3 de marzo de 1987. · BOE-A-1990-16893
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1990-07-15.
Texto consolidado
También darán lugar a extradición, conforme al presente tratado, los delitos incluidos en Convenios multilaterales en los que ambos países sean Parte.