El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 297. Establecimientos penitenciarios de distribución.

Artículo 297 del Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario. · BOE-A-1996-3307

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-05-25.

Texto consolidado

Cuando un Establecimiento penitenciario tenga el carácter de depósito de suministros llevará un sistema especial de inventario que permita en todo momento conocer la distribución de productos realizada a otros Establecimientos y los niveles de producto en reserva.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-05-25.

Más artículos de Real Decreto 190/1996

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 190/1996 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.