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Real Decreto Vigente

Artículo 29. Adjudicaciones en pago de asunción de deudas.

Artículo 29 del Real Decreto 828/1995, de 29 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. · BOE-A-1995-15071

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-07-12.

Texto consolidado

En las adjudicaciones expresas de bienes y derechos que se realicen en pago de la asunción por el adjudicatario de una deuda del adjudicante se exigirá el impuesto por el concepto de adjudicación en pago de deudas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-07-12.

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