El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 29. Coordinación de los organismos de control notificados y de las entidades independientes.

Artículo 29 del Real Decreto 709/2015, de 24 de julio, por el que se establecen los requisitos esenciales de seguridad para la comercialización de los equipos a presión. · BOE-A-2015-9527

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-07-19.

Texto consolidado

Los organismos de control notificados y entidades independientes participarán en las actividades pertinentes de normalización y las actividades del grupo o grupos de coordinación y cooperación de organismos notificados directamente o por medio de representantes designados, se asegurarán de que su personal de evaluación está informado al respecto, y aplicarán a modo de directrices generales las decisiones y los documentos administrativos que resulten de las labores del grupo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-07-19.

Más artículos de Real Decreto 709/2015

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 709/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.